El estrés y la ansiedad son padecimientos que hoy en día son enfermedades muy comunes entre los jóvenes y adultos.
El día de ayer entró en vigor la Norma Oficial Mexicana (NOM) 035, la cual obliga a toda empresa de cualquier tamaño a atender los factores de riesgo psicosociales de su personal, como ansiedad y estrés laboral y desequilibrio del sueño.
La norma, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 23 de octubre del año pasado, tiene el siguiente objetivo:
«Establecer los elementos para identificar, analizar y prevenir los factores de riesgo psicosocial, así como promover un entorno laboral favorable en las empresa».
¿Qué es el estrés laboral?
Es el tipo de estrés donde la creciente presión en el ambiente laboral puede provocar la saturación física y/o mental del empleado.
Esto genera diversas consecuencias que no sólo afectan la salud, sino también su entorno más próximo, señala el Instituto Mexicano del Seguro Social.
El IMSS menciona que el 75 por ciento de los mexicanos padece de fatiga a consecuencia del estrés laboral.
Quiere decir que somos el país con la jornada laboral más extensa, de 43 horas por semana.
Las empresas ahora tendrán entre sus tantas obligaciones establecer por escrito, implantar, mantener y difundir una política que tome en cuenta la prevención de riesgos psicosociales y de violencia laboral, así como promover un entorno laboral agradable.
Sumado a esto, deberán calificar el entorno organizacional de sus empleados, por lo que será necesaria la aplicación de exámenes médicos y evaluaciones psicológicas a todos los empleados expuestos a violencia laboral o a factores de riesgo psicosocial.
¿Qué son los factores de riesgo psicosocial?
Son aquellos que pueden provocar trastornos de ansiedad, del ciclo sueño-vigilia, y de estrés grave y de adaptación, derivado de la naturaleza de las funciones del puesto de trabajo, el tipo de jornada y la exposición a acontecimientos traumáticos o a actos de violencia laboral.
Comprenden las condiciones peligrosas e inseguras en el ambiente de trabajo, las cargas laborales cuando exceden la capacidad del trabajador, rotación de turnos que incluyan turno nocturno sin períodos de recuperación y descanso, entre otras.
La Secretaría del Trabajo y Prevención Social (STPS) será la institución que se encargará de la vigilancia del cumplimiento de la NOM 035.
La STPS se dará a la tarea de evaluar al centro de trabajo mediante entrevistas a los trabajadores, dependiendo de la cantidad de empleados con los que cuente la empresa.